El blog de Rafael Guarín. En este espacio se compilan las columnas que publica en El Nuevo Herald de Miami, Semana.com y otros medios. También notas cortas, fotos y videos. A partir del 1 de abril migrará paulatinamente a www.qimporta.com
Hace varios
meses advertimos en nuestra cuenta de twitter @RafaGuarin que las FARC retornaron
a Bogotá a extorsionar. Comerciantes y líderes sociales habían denunciado intimidaciones
y “boleteo” en varias zonas, hechos que coincidieron en 2012 con el aumento de planes
terroristas y del número de miembros de dicha organización capturados en la
ciudad.
10 años del atentado contra el Club El Nogal. 3 muertos y 160 heridos.
Atentados como este quedarán en la impunidad gracias a la reforma constitucional Marco Jurídico para la Paz, promovida por el gobierno de Juan Manuel Santos. Sus autores no pagarían cárcel.
Dicha reforma establece que la persecución judicial se concentrará en los máximos responsables de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio. El atentado contra el Club El Nogal se presentará como un delito que no cumple las características de conducta sistemática y generalizada que exige el crimen de lesa humanidad.
¿Por qué darle impunidad a un crimen atroz como este?
El marco jurídico para la paz establece:
"Tanto
los criterios de priorización como los de selección son inherentes a
los instrumentos de justicia transicional.
El Fiscal General de la Nación determinará criterios de priorización para
el ejercicio de la acción penal.
Sin perjuicio del deber general del
Estado de investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos
humanos y al derecho internacional humanitario, en el marco de la justicia transicional, el Congreso de la República,
por iniciativa del Gobierno Nacional, podrá mediante ley estatutaria
determinar criterios de selección que permitan centrar los esfuerzos en
la investigación penal de los máximos responsables de todos los delitos
que adquieran la connotación de crímenes de lesa humanidad, genocidio, o
crímenes de guerra cometidos de manera sistemática; establecer los
casos, requisitos y condiciones en los que procedería la suspensión de
la ejecución de la pena; establecer los casos en los que proceda la
aplicación de sanciones extrajudiciales, de penas alternativas, o de
modalidades especiales de ejecución y cumplimiento de la pena; y
autorizar la renuncia condicionada a la persecución judicial penal de
todos los casos no seleccionados. La ley estatutaria tendrá en cuenta la
gravedad y representatividad de los casos para determinar los criterios de selección".
"No
hace bien el gobierno de Bogotá en empezar a descalificar la iniciativa
de revocatoria hablando de financiaciones ilegítimas o de turbios
intereses. Es el momento para un debate ideológico, político y técnico
de altura", escribe León Valencia.
No es Petro o Gómez, cómo dice Valencia, es la ineptitud del alcalde o salvar a Bogotá con la revocatoria para que tenga un gobierno responsable.
El columnista quiere convertir el debate en una cuestión personal, que no lo es, para darle una oportunidad a Petro de "profundizar sus políticas". Anuncia el tono del debate. Valencia lo que hace es pedir formalmente que sea ideológico, político y de altura, pero al tiempo lo reduce al enfrentamiento de un individuo de izquierda con un conservador.
La Fiscalía General de la Nación anunció en comunicado de prensa que solicitó al Juez Primero Penal del Circuito Especializado Adjunto de Bogotá, con función de conocimiento, la máxima pena para dos de los involucrados en en atentado en Bogotá realizado el 12 de agosto de 2010 en horas de la madrugada.
El domingo en noche se produjo un atentado terrorista contra la estación Décima de la Policía de Bogotá, en Engativa. Los periódicos como El Tiempo dijeron que había sido en el barrio Santa Elenita, ocultando la gravedad de la acción.